Bucear en el pasado
01/09/2015
Stress&Rescue
01/04/2016
Mostrar todo

Ser o no ser… Centro de Buceo

Artquatic es un Centro de Buceo de Lleida comprometido con la enseñanza y la organización de actividades de buceo de calidad. Por ello priorizamos la seguridad y el cumplimiento de la legislación vigente en materia de actividades subacuáticas.

Toda actividad de buceo, incluso un simple bautizo en una piscina, debe ser realizada por un centro de buceo autorizado, tal como establece el DECRET 54/2000, de 26 de gener (DOGC núm. 3074 – 9/02/2000), por el cual cual se establecen los requisitos mínimos para el funcionamiento de los centros de inmersión. Estos deben solicitar autoritzación previa a la Direcció General de Pesca i Afers Marítims de la Generalitat de Catalunya para ejercer su actividad. De otra forma se estaría incumpliendo la normativa, actuando de manera fraudulenta y dejando descubiertos legalmente a sus clientes o asociados. Por tu seguridad, antes de realizar con alguien una actividad de buceo puedes consultar la relación de centros de buceo autorizados en Cataluña en el siguiente enlace: http://nautica.gencat.cat/ca/busseig-esbarjo/centres_immersio/

Si tus hijos quieren bucear o eres menor de edad, antes de realizar dicha actividad asegúrate a demás que dicha actividad se ajusta a los requisitos legales. De otra forma la cobertura de garantías no sería de apliación. En Cataluña, a través del DECRET 175/2007, de 31 de juliol, por el cual se establecen las condiciones para que las personas menores de edad practiquen las actividades subacuáticas de recreo, se regula específicamente cómo deben realizarse legalmente partir de los 8 años de edad.

Por otro lado, aunque consideramos que hay algunas partes que merecen una revisión y actualización, debe cumplirse la normativa estatal de seguridad que refleja la Orden de 14 de octubre de 1997 por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas. Conviene estar al día de las revisiones y ampliaciones que se han ido haciendo al respecto, como por ejemplo la exención de utilizar una embarcación de apoyo cuando las circunstancias lo permitan para inmersiones desde costa para garantizar la seguridad de sus participantes. Así mismo, también refiere a aspectos tan importantes como las condiciones de uso de las botellas de buceo y sus gases contenidos. No olvidéis comprovar la legalidad de las estaciones de carga y el estado de revisión de sus botellas. Inspección visual anual y de contraste o prueba hidrostática cada tres años.

Y aunque ha supuesto mucha controversia, no conviene olvidar que la coordinación y organización de toda actividad recreativa de buceo descansa actualmente en un Técnico Deportivo Registrado de la modalidad, tal como establece en Cataluña la LLEI 3/2008, de 23 d’abril, del ejercicio de las profesiones del deporte, aunque se establece la misma regulación para el resto del estado concretándose en materia de buceo en el Real Decreto 932/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en buceo deportivo con escafandra autónoma y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. Puedes consultar si figura tu instructor en el Registre de Professionals de l’Esport de la Generalitat de Catalunya. A pesar de todo, la Llei 7/2015, de 14 maig, de modificació de la Llei 3/2008 en su disposición adicional segunda establece ciertas excepciones.

No importa la personalidad jurídica de la organización que lleve a cabo dicha actividad. Lo importante es poder responder ante la mencionada legislación y poder garantizar aspectos tan importantes como la cobertura de un seguro de responsabilidad civil que en caso de incumplimiento de la normativa mencionada podría inhibir a la aseguradora de cumplir con sus obligaciones, o bien, implicar a las instalaciones que acojan dichas actividades no reguladas en responsabilidades legales subsidiarias.

No te aventures, aprende a bucear con un centro de inmersión autorizado!

En Lleida tu buceo con Artquatic!